La igualdad de las partes es la garantía que un Estado ofrece a sus ciudadanos, para que estos acudan en procura de justicia al Poder encargado de administrarla. Un Estado que no ofrezca esta garantía, incita a los hombres que lo componen a volver al pasado e instituir la autodefensa, “tiñendo de sangre las manos de la justicia”.
Eduardo Couture.
El pasado viernes 22 de junio de 2018, la máxima sala del Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia² en el caso “Ivan Sosa", donde recomienda a los tribunales patrios superar el sistema inquisitorio del pasado sistema de justicia, y que sinceramente no ha sido desmontado del todo, pues hay prisioneros “procesados" con mas de siete años sin sentencia justa, con múltiples interrupciones de sus juicios y con tendencia a una cautelaridad que contrasta con el debido proceso y el principio de libertad que es letra muerta día a día.
Los gobernantes ufanan de poseer un sistema de justicia que no es tal. Por ejemplo existen casos que han salido en mas de un par de ocasiones con resultados favorables a patrocinados en Audiencia preliminar, que inmediatamente han sido retrasados por el famoso efecto suspensivo que privilegia al titular del estado antes que al procesado... Y cuidado si el procesado es político, o funcionario público. ¿Es de igualdad entre las partes ese recurso instantáneo que suspende una sentencia a favor del imputado de un solo plumazo?, o ¿es tan desequilibrante como la sala de estar del fiscal en nuestros circuitos judiciales mientras nuestros defensores están de pié abajo llevando agravios y malas palabras de uno que otro funcionario frustrado por su mala paga?